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Revisión de la Autorización ambiental

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Códigos identificadores del procedimiento:

  • IAPA: 2672
  • SIA: 1813948

Objeto:

Revisar la Autorización ambiental otorgada a una instalación o actividad de acuerdo con lo recogido en el artículo 26 del texto refundido de la Ley de prevención y control integrados de la contaminación aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de diciembre y en el artículo 24 del texto refundido de la Ley de Prevención Ambiental de Castilla y León aprobado por el Decreto Legislativo 1/2015, de 12 de noviembre.

¿Quién lo puede solicitar?

El organismo de cuenca y el resto de los órganos recogidos en texto refundido de la Ley de prevención y control integrados de la contaminación y en el texto refundido de la Ley de Prevención Ambiental de Castilla y León.

¿Qué documentos necesito?

Solicitud en modelo normalizado para los órganos que soliciten el inicio de procedimiento de revisión de una autorización ambiental.

¿Qué plazo tengo para solicitarlo?

Abierto de forma permanente.

Plazo de resolución:

  • 6 MESES.

  • 3 MESES si se cumplen las condiciones recogidas en el artículo 16.5 del Real Decreto 815/2013, de 18 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de emisiones industriales y de desarrollo de la Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación.

Notificaciones:

  • Por Correo Postal en el domicilio del interesado o en el lugar que haya indicado a efectos de notificaciones.
  • Notificación electrónica por comparecencia, mediante aviso a través del correo electrónico que conste en la solicitud. Dichos aviso no tendrá los efectos de una notificación hasta que el interesado acceda al contenido de las actuaciones administrativas.

Recursos:

  • Contencioso-administrativo.
  • Reposición.

Descarga del documento tipo PDF. Abre una nueva ventana Información general sobre recursos administrativos (760 kbytes)

Efecto del silencio administrativo:

Desestimatorio

Legislación aplicable:

  • Texto refundido de la Ley de prevención y control integrados de la contaminación, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de diciembre.
  • Real Decreto 815/2013, de 18 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de emisiones industriales y de desarrollo de la Ley 16/2002, de 1 de julio.
  • Texto refundido de la Ley de Prevención Ambiental de Castilla y León, aprobado por el Decreto Legislativo 1/2015, de 12 de noviembre. 

Organismo:

Consejería / Centro Directivo:

Órgano gestor:

Órgano que resuelve:

Información adicional:

De acuerdo con el artículo 26.2 del texto refundido de la Ley de prevención y control integrados de la contaminación, en un plazo de cuatro años a partir de la publicación de las conclusiones relativas a las MTD en cuanto a la principal actividad de una instalación, el órgano competente garantizará: que se han revisado y, si fuera necesario adaptado todas las condiciones de la autorización y que la instalación cumple las condiciones de la autorización. A estos efectos, a instancia del órgano competente, el titular presentará toda la información que sea necesaria para la revisión de las condiciones de la autorización. Para ello deberá utilizar el Formulario en modelo normalizado recogido en este sitio y adjuntará la DOCUMENTACIÓN técnica requerida o necesaria para dicha la revisión. Así mismo se acompañará el documento acreditativo del pago de la tasa.

Tasas:

Se deberá  liquidar la Tasa en materia de protección ambiental  recogida en la  Orden Anual por la que se acuerda la publicación de las tarifas de las tasas vigentes . Puede utilizar el formulario de tasas disponible en esta página. Una vez efectuada la liquidación a través de una entidad bancaria se adjuntará a la solicitud el documento acreditativo de la misma.

También puede realizar el pago y presentación telemática de la liquidación a través de la Oficina Virtual (OVIA) disponible en la página http://www.tributos.jcyl.es, en el modelo normalizado 046.

Control y Seguimiento:
Para presentar los informes periódicos se deberá utilizar el formulario “Incorporación de datos y/o documentos” y seleccionar en el desplegable correspondiente a procedimiento en el punto 3 el concepto “2364-CONTROL Y SEGUIMIENTO DE LA ACTIVIDAD. INFORMES PERIODICOS.”

Pasos para la tramitación electrónica (en línea):

  1. Disponer de certificado electrónico y comprobar requisitos técnicos.
  2. Acceder a la tramitación, pudiendo en su caso hacer uso de tres posibles medios distintos:
    1. A través de una Aplicación: Autenticarse (certificado electrónico,  DNIe, Cl@veFirma, cuenta Educa, etc.),  seleccionar trámite, cumplimentar campos requeridos y seguir las indicaciones que se muestren en pantalla.
    2. Mediante un Formulario Online PDF ( Instrucciones para realizar tramitaciones electrónicas ) abriendo el PDF directamente con Adobe Acrobat Reader o guardándolo, cumplimentar campos requeridos y enviar a través de la Aplicación de Administración Electrónica
    3. Mediante Formulario Web: Cumplimentar campos requeridos de cada apartado, pulsar “Revisar” y realizar las correcciones oportunas, en su caso, y tras ello pulsar sobre la opción de tramitación electrónica (“Presentar/Enviar/Guardar”).
  3. Comprobar la solicitud, anexar documentación, firmar y registrar electrónicamente toda la documentación.
  4. Descargar justificante de presentación.

 

Tramitación electrónica

Descargar formularios y anexos