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Tramitación de quejas y sugerencias tributarias

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Códigos identificadores del procedimiento:

  • IAPA: 2259
  • SIA: 1813745

Objeto:

Tiene como finalidad tramitar y resolver las sugerencias y quejas de los ciudadanos relacionadas, directa o indirectamente, con los procedimientos y actuaciones administrativos de naturaleza tributaria; en especial, las que se refieran a tardanzas, desatenciones y otras anomalías o defectos producidos en el funcionamiento de las distintas unidades de la Administración tributaria de la Comunidad Autónoma y de las Oficinas Liquidadoras de Distrito Hipotecario.

¿Quién lo puede solicitar?

Las personas físicas o jurídicas con capacidad de obrar, que estén debidamente identificadas.

Lugar y Forma de presentación:

Presencial:

Electrónico:

  • Por Internet desde esta misma página (Formulario para rellenar on-line y enviar la queja y/o  sugerencia por correo electrónico)

¿Qué requisitos debo cumplir?

→ Exponer detalladamente su queja o sugerencia.

→ Firma del interesado.

¿Qué documentos necesito?

Cumplimentar el "Formulario de Quejas y Sugerencias", acompañado de todos aquellos documentos que los interesados tengan por convenientes.

¿Qué plazo tengo para solicitarlo?

Abierto de forma permanente.

Plazo de resolución:

  • Las quejas deberán ser contestadas en el plazo de un mes desde su presentación.

Notificaciones:

  • Por Correo Postal en el domicilio del interesado o en el lugar que haya indicado a efecto de notificaciones.

Legislación aplicable:

  • Decreto 98/2004, de 2 de septiembre, por el que se crea el Consejo Regional para la Defensa del Contribuyente (BOCyL 08-09-2004)
  • Orden HAC/392/2005, de 18 de marzo, por la que se establece el procedimiento para la tramitación de las quejas y sugerencias a que se refiere el Decreto 98/2004, de 2 de septiembre, por el que se crea el Consejo Regional para la Defensa del Contribuyente (BOCyL 30-03-2005)

Organismo:

Consejería / Centro Directivo:

Órgano gestor:

Órgano que resuelve:

Dirección General de Tributos y Financiación Autonómica

Información adicional:

  • El silencio administrativo no tiene efecto ni estimatorio ni desestimatorio, el interesado lo único que puede hacer es denunciar la mora ante el Consejo Regional de Defensa del Contribuyente.
  • Se podrá manifestar la disconformidad con la contestación en el plazo de quince días desde su recepción. En este caso o en el caso de demora, el Consejo Regional para la Defensa del Contribuyente  dará contestación a la misma.

 

Pasos para la tramitación electrónica (en línea):

  1. Disponer de certificado electrónico y comprobar requisitos técnicos.
  2. Acceder a la tramitación, pudiendo en su caso hacer uso de tres posibles medios distintos:
    1. A través de una Aplicación: Autenticarse (certificado electrónico,  DNIe, Cl@veFirma, cuenta Educa, etc.),  seleccionar trámite, cumplimentar campos requeridos y seguir las indicaciones que se muestren en pantalla.
    2. Mediante un Formulario Online PDF ( Instrucciones para realizar tramitaciones electrónicas ) abriendo el PDF directamente con Adobe Acrobat Reader o guardándolo, cumplimentar campos requeridos y enviar a través de la Aplicación de Administración Electrónica
    3. Mediante Formulario Web: Cumplimentar campos requeridos de cada apartado, pulsar “Revisar” y realizar las correcciones oportunas, en su caso, y tras ello pulsar sobre la opción de tramitación electrónica (“Presentar/Enviar/Guardar”).
  3. Comprobar la solicitud, anexar documentación, firmar y registrar electrónicamente toda la documentación.
  4. Descargar justificante de presentación.

 

Tramitación electrónica

Descargar formularios y anexos