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Inscripción en el Registro de Agrupaciones Empresariales Innovadoras de Castilla y León

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Códigos identificadores del procedimiento:

  • IAPA: 2059
  • SIA: 1813656

Objeto:

Inscripción en el Registro de Agrupaciones Empresariales Innovadoras (AA.II.EE.) también conocidos como clusters. Estas Agrupaciones se definen como «la combinación en un espacio geográfico o sector productivo, de empresas, centros de formación, grupos de investigación públicos o privados y otros agentes públicos y privados, involucrados en procesos de intercambio colaborativo, dirigidos a obtener ventajas y/o beneficios derivados de la ejecución de proyectos conjuntos de carácter innovador, y cuya actividad se organiza en torno a un mercado o segmento de mercado objetivo y/o a una rama o sector científico-tecnológico de referencia».

La Agrupación Empresarial Innovadora, se entiende como una fórmula para impulsar y extender más rápidamente las prácticas de innovación a colectivos de empresas en condiciones y con voluntad de emprender proyectos avanzados de carácter colaborativo.

¿Quién lo puede solicitar?

Entidades sin fines de lucro que se puedan definir como Agrupaciones Empresariales Innovadoras y cumplan los requisitos.

Lugar y Forma de presentación:

Electrónico:

¿Qué requisitos debo cumplir?

Para obtener el reconocimiento e inscripción en el Registro las entidades solicitantes deberán reunir los siguientes requisitos:

  1. Tener personalidad jurídica propia y estar domiciliadas legalmente en Castilla y León bajo cualquier forma jurídica, siempre que ésta ultima corresponda a la de una entidad sin fines de lucro.
  2. Correspondencia de su naturaleza y fines con los establecidos en el artículo 2 del Decreto 51/2010, de 18 de noviembre.
  3. La presentación dirigida a la Consejería competente en materia de Economía de un Plan Estratégico de la Agrupación que contenga como mínimo los elementos de información establecidos en el Anexo II del Decreto 51/2010, de 18 de noviembre.
  4. La consideración de Excelente del Plan Estratégico presentado a la Consejería competente en materia de Economía conforme a la valoración realizada, con arreglo a los criterios de valoración establecidos en el Anexo III del Decreto 51/2010, de 18 de noviembre.
Los requisitos señalados en los dos últimos apartados anteriores podrán entenderse cumplidos por el hecho de que la Agrupación Empresarial Innovadora se encuentre inscrita en el correspondiente Registro del Ministerio y su Plan Estratégico haya sido calificado como Excelente. En todo caso, deberá cumplir los dos primeros requisitos.

¿Qué documentos necesito?

Formularios de la solicitud de inscripción, el cuestionario de datos de la entidad solicitante y el cuestionario de datos de las empresas y organismos asociados o partícipes en la entidad solicitante según el modelo normalizado. En el caso de encontrarse inscrita en el Registro del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo, la entidad al cumplimentar la solicitud, deberá adjuntar certificado del Ministerio, acreditando este extremo.

A la solicitud se acompañará la documentación que acredite el cumplimiento de los requisitos establecidos que se digitalizará y aportará como archivos anexos.

  • Estatutos de la Agrupación Empresarial Innovadora.
  • Acreditación del representante legal de la Agrupación Empresarial Innovadora que firma la solicitud de inscripción.
  • Plan Estratégico de la Agrupación Emprasarial Innovadora, conforme al Anexo II del Decreto 51/2010, de 18 de noviembre.
  • En el caso de AAEEII inscritas en el Registro de AAEEII del Ministerio, se deberá presentar con la solicitud toda la documentación citada anteriormente, acompañada de la documentación que acredite la consideración de Excelente del Plan Estratégico.

Fecha de publicación:

24 de noviembre de 2010

¿Qué plazo tengo para solicitarlo?

Abierto de forma permanente.

Plazo de resolución:

  • 6 MESES.

Notificaciones:

  • Notificación Electrónica: para darse de alta y/o recibir notificaciones hay que entrar en el buzón electrónico del ciudadano, que se encuentra dentro de la  Ventanilla del Ciudadano.

Recursos:

  • Reposición.

Descarga del documento tipo PDF. Abre una nueva ventana Información general sobre recursos administrativos (760 kbytes)

Efecto del silencio administrativo:

Estimatorio

Legislación aplicable:

  • DECRETO 51/2010, de 18 de noviembre, por el que se crea y regula el Registro de Agrupaciones Empresariales Innovadoras de Castilla y León (BOCyL 24-11-2010)
  • DECRETO 14/2020, de 12 de noviembre, por el que se modifica el Decreto 51/2010, de 18 de noviembre, por el que se crea y regula el Registro de Agrupaciones Empresariales Innovadoras de Castilla y León (BOCyL 16-11-2020) 

Organismo:

Consejería / Centro Directivo:

Órgano gestor:

Servicio de Competitividad e Innovación Empresarial

Órgano que resuelve:

Dirección General de Política Económica y Competitividad

Información adicional:

  • No hay que realizar ningún pago de tasas.
  • La inscripción será de un máximo de cuatro años a contar desde la fecha de notificación. Dos meses antes de la finalización de ese plazo, las entidades interesadas en seguir inscritas deberán presentar una nueva solicitud acompañada de la actualización del correspondiente formulario y de un nuevo plan estratégico.
  • Las entidades inscritas tendrán la obligación de poner en conocimiento del registro las alteraciones o modificaciones de las condiciones en que se materializan los requisitos exigidos para su inscripción y los datos recogidos en el mismo.
  • En cualquier momento, la unidad responsable del registro podrá solicitar a los interesados la documentación e información adicional que se considere necesaria para completar, aclarar o comprobar los datos aportados por las entidades inscritas o que se encuentren en trámite de inscripción.

Pasos para la tramitación electrónica (en línea):

  1. Disponer de certificado electrónico y comprobar requisitos técnicos.
  2. Acceder a la tramitación, pudiendo en su caso hacer uso de tres posibles medios distintos:
    1. A través de una Aplicación: Autenticarse (certificado electrónico,  DNIe, Cl@veFirma, cuenta Educa, etc.),  seleccionar trámite, cumplimentar campos requeridos y seguir las indicaciones que se muestren en pantalla.
    2. Mediante un Formulario Online PDF ( Instrucciones para realizar tramitaciones electrónicas ) abriendo el PDF directamente con Adobe Acrobat Reader o guardándolo, cumplimentar campos requeridos y enviar a través de la Aplicación de Administración Electrónica
    3. Mediante Formulario Web: Cumplimentar campos requeridos de cada apartado, pulsar “Revisar” y realizar las correcciones oportunas, en su caso, y tras ello pulsar sobre la opción de tramitación electrónica (“Presentar/Enviar/Guardar”).
  3. Comprobar la solicitud, anexar documentación, firmar y registrar electrónicamente toda la documentación.
  4. Descargar justificante de presentación.