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Procedimientos en el registro de organizaciones de consumidores y usuarios de Castilla y León

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Códigos identificadores del procedimiento:

  • IAPA: 2531
  • SIA: 1813852

Objeto:

Inscripción y cumplimiento de obligaciones anuales en el Registro de Organizaciones de Consumidores y Usuarios de Castilla y León de aquellas asociaciones legalmente constituidas que tengan como finalidad la defensa de los intereses, la educación o la información de los consumidores y usuarios.

¿Quién lo puede solicitar?

  • • Asociaciones constituidas cuya finalidad sea la defensa de los intereses, la educación o la información de los consumidores y usuarios, y que tengan como ámbito territorial de actuación la Comunidad de Castilla y León.
  • • Agrupaciones y federaciones de las asociaciones referidas en el apartado anterior y que, con y federaciones de las asociaciones referidas en el apartado anterior y que, con idénticos fines, tengan como ámbito territorial la Comunidad de Castilla y León.
  • • Entidades constituidas con arreglo a la legislación cooperativa, que tenga entre sus fines la educación y formación de sus socios de conformidad con las exigencias establecidas en su legislación.

¿Qué requisitos debo cumplir?

1. Requisitos de las asociaciones para ser inscritas en el Registro en la Sección Primera:

  • a) Estar constituidas como Asociación con personalidad jurídica de acuerdo con la legislación vigente.
  • b) Que su sede social radique en Castilla y León.
  • c) Que su actividad se desarrolle en el territorio de Castilla y León.
  • d) No tener fines lucrativos, ni incluir como asociados a personas jurídicas con ánimo de lucro.
  • e) No percibir ayudas o subvenciones de empresas o agrupaciones de empresas que suministren bienes, productos o servicios a los consumidores o usuarios.
  • f) No realizar publicidad comercial o no meramente informativa de los productos o servicios.
  • g) No dedicarse a una actividad distinta de la defensa de los consumidores y usuarios (dedicarse en exclusiva a la defensa de los consumidores y usuarios).


2. Requisitos de las asociaciones para ser inscritas en el Registro en la Sección Segunda:

  • a) Estar constituidas como asociación con personalidad jurídica de acuerdo con la legislación vigente.
  • b) Que su sede social radique en Castilla y León.
  • c) Que su actividad se desarrolle en el territorio de Castilla y León.
  • d) No tener fines lucrativos, ni incluir como asociados a personas jurídicas con ánimo de lucro.
  • e) No percibir ayudas o subvenciones de empresas o agrupaciones de empresas que suministran bienes, productos o servicios a los consumidores o usuarios.
  • f) No realizar publicidad comercial o no meramente informativa de los productos o servicios.
  • g) Que en su Estatuto conste que entre sus fines se encuentra la defensa del consumidor.

¿Qué documentos necesito?

I. Inscripción:

1. Documentación necesaria para inscribirse en la Sección Primera:

  • a) Solicitud del Presidente de la entidad dirigida a la persona titular de la Dirección General de Comercio y Consumo, en la cual se haga constar la voluntad de la asociación, acordada en Asamblea General o en Junta Directiva y documentada en acta, de inscribirse en la Sección Primera.
  • b) Certificación expedida por el Registro Regional de Asociaciones (Consejería de la Presidencia si es de ámbito regional o Delegación Territorial de la Junta de Castilla y León), en la cual se haga constar su inscripción en dicho Registro. Se adjuntará copia de sus Estatutos y del Acta de Constitución.
  • c) Certificación expedida por el Secretario de la Asociación que acredite la composición de los órganos directivos de la misma, especificando los nombres de sus miembros y los cargos que ostentan, el número efectivo de sus asociados y la cuantía de las cuotas que están obligadas a satisfacer.


2. Documentación necesaria para inscribirse en la Sección Segunda:

  • a) Solicitud del Presidente de la entidad dirigida a la persona titular de la Dirección General de Comercio y Consumo, en la cual se haga constar la voluntad de la asociación, acordada en Asamblea General o en Junta Directiva, de inscribirse en la Sección Segunda. Se adjuntará la correspondiente Acta acreditativa al efecto.
  • b) Certificación expedida por el Registro Regional de Asociaciones (Consejería de la Presidencia si es de ámbito regional o Delegación Territorial de la Junta de Castilla y León), en la cual se haga constar su inscripción en dicho Registro. Se adjuntará copia de sus Estatutos y del Acta de Constitución.
  • c) Certificación expedida por el Secretario de la entidad que acredite la composición de los órganos directivos de la misma, especificando los nombres de sus miembros y los cargos que ostentan, el número efectivo de sus asociados y la cuantía de las cuotas que están obligadas a satisfacer.
  • d) Memoria de las actividades realizadas en defensa de los consumidores referida a los dos años anteriores a la petición de inscripción, así como el detalle de la financiación de las mismas.


II. Cumplimiento de obligaciones anuales:

  • a)    Memoria de actividades realizadas en el año anterior.
  • b)    Memoria económica del año anterior y presupuesto para el nuevo año.
  • c)    Número de socios a fecha 31 de diciembre del año anterior.
  • d)    Documentación justificativa de renovación de cargos, en su caso.
  • e)    Documentación justificativa de cambio de domicilio, en su caso.
  • f)    Documentación justificativa de modificaciones introducidas en los Estatutos, en su caso.

¿Qué plazo tengo para solicitarlo?

I. Inscripción:
Abierto de forma permanente.

II. Cumplimiento de obligaciones anuales:
Primer trimestre de cada año.

Plazo de resolución:

PLAZO DE RESOLUCIÓN DE LA SOLICITUD DE INSCRIPCIÓN:

  • 3 meses desde la solicitud de inscripción.

Notificaciones:

  • Notificación electrónica por comparecencia, mediante aviso a través del correo electrónico que conste en la solicitud. Dicho aviso no tendrá los efectos de una notificación hasta que el interesado acceda al contenido de la misma en el sistema de notificaciones NOTI

Recursos:

  • Alzada.

Descarga del documento tipo PDF. Abre una nueva ventana Información general sobre recursos administrativos (760 kbytes)

Efecto del silencio administrativo:

Estimatorio

Legislación aplicable:

  • Decreto 125/1986, de 31 de julio, por el que se crea el Registro de Organizaciones de Consumidores y Usuarios de Castilla y León (BOCyL nº 92, de 13 de agosto).
  • Orden de 5 de septiembre de 1986, de la Consejería de Bienestar Social, por la que se establecen requisitos de acceso al Registro de Organizaciones de Consumidores y Usuarios de Castilla y León y se regula el funcionamiento del mismo (BOCyL nº 105, de 17 de septiembre).
  • Corrección de errores de la Orden de 5 de septiembre de 1986 (BOCyL nº 109, de 26 de septiembre).

Organismo:

Consejería / Centro Directivo:

Órgano que resuelve:

Dirección General de Comercio y Consumo

Pasos para la tramitación electrónica (en línea):

  1. Disponer de certificado electrónico y comprobar requisitos técnicos.
  2. Acceder a la tramitación, pudiendo en su caso hacer uso de tres posibles medios distintos:
    1. A través de una Aplicación: Autenticarse (certificado electrónico,  DNIe, Cl@veFirma, cuenta Educa, etc.),  seleccionar trámite, cumplimentar campos requeridos y seguir las indicaciones que se muestren en pantalla.
    2. Mediante un Formulario Online PDF ( Instrucciones para realizar tramitaciones electrónicas ) abriendo el PDF directamente con Adobe Acrobat Reader o guardándolo, cumplimentar campos requeridos y enviar a través de la Aplicación de Administración Electrónica
    3. Mediante Formulario Web: Cumplimentar campos requeridos de cada apartado, pulsar “Revisar” y realizar las correcciones oportunas, en su caso, y tras ello pulsar sobre la opción de tramitación electrónica (“Presentar/Enviar/Guardar”).
  3. Comprobar la solicitud, anexar documentación, firmar y registrar electrónicamente toda la documentación.
  4. Descargar justificante de presentación.