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Caducidades de derechos mineros

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Códigos identificadores del procedimiento:

  • IAPA: 654
  • SIA: 1813189

Objeto:

Declaración de caducidad de derechos mineros (autorizaciones de explotación, autorizaciones de aprovechamiento, permisos y concesiones de explotación).

¿Quién lo puede solicitar?

Titular del derecho minero.

¿Qué documentos necesito?

Solicitud en modelo normalizado dirigida al Servicio Territorial de Industria, Comercio y Turismo de la provincia correspondiente, acompañada de la siguiente documentación:

DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA

DOCUMENTACIÓN TÉCNICA

  • CADUCIDAD POR RENUNCIA
    • Renuncia voluntaria al derecho minero de que se trate, con indicación de si se halla libre de cargas o gravámenes, y en el caso de existir éstas, la conformidad del acreedor o arrendatario.
    • Acreditación de la ejecución del Plan de Restauración autorizado.
  • CADUCIDAD POR AGOTAMIENTO DEL RECURSO
    • Hechos y razones justificativas de la caducidad por agotamiento del recurso.
    • Acreditación de la ejecución del Plan de Restauración autorizado.

¿Qué plazo tengo para solicitarlo?

Abierto y permanente.

Plazo de resolución:

  • 3 meses.

Notificaciones:

  • Notificación electrónica por comparecencia, mediante aviso a través del correo electrónico que conste en la solicitud. Dicho aviso no tendrá los efectos de una notificación hasta que el interesado acceda al contenido de la misma en el sistema de notificaciones NOTI
  • Publicación en BOCyL.

Recursos:

  • Alzada.

Descarga del documento tipo PDF. Abre una nueva ventana Información general sobre recursos administrativos (760 kbytes)

Efecto del silencio administrativo:

Desestimatorio

Legislación aplicable:

  • Ley 22/1973, de 21 de julio, de Minas (BOE 24-07-1973)
  • Real Decreto 2857/1978, de 25 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento General para el Régimen de la Minería (BOE 11-12-1978)
  • Real Decreto 975/2009, de 12 de junio, sobre gestión de los residuos de las industrias extractivas y de protección y rehabilitación del espacio afectado por actividades mineras. (BOE 13-06-2009)

Organismo:

Consejería / Centro Directivo:

Órgano gestor:

Servicio de Minas

Órgano que resuelve:

Dirección General de Energía y Minas

Pasos para la tramitación electrónica (en línea):

  1. Disponer de certificado electrónico y comprobar requisitos técnicos.
  2. Acceder a la tramitación, pudiendo en su caso hacer uso de tres posibles medios distintos:
    1. A través de una Aplicación: Autenticarse (certificado electrónico,  DNIe, Cl@veFirma, cuenta Educa, etc.),  seleccionar trámite, cumplimentar campos requeridos y seguir las indicaciones que se muestren en pantalla.
    2. Mediante un Formulario Online PDF ( Instrucciones para realizar tramitaciones electrónicas ) abriendo el PDF directamente con Adobe Acrobat Reader o guardándolo, cumplimentar campos requeridos y enviar a través de la Aplicación de Administración Electrónica
    3. Mediante Formulario Web: Cumplimentar campos requeridos de cada apartado, pulsar “Revisar” y realizar las correcciones oportunas, en su caso, y tras ello pulsar sobre la opción de tramitación electrónica (“Presentar/Enviar/Guardar”).
  3. Comprobar la solicitud, anexar documentación, firmar y registrar electrónicamente toda la documentación.
  4. Descargar justificante de presentación.