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Autorización de reglamentos de uso de marcas y pliegos de etiquetado

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Códigos identificadores del procedimiento:

  • IAPA: 508
  • SIA: 1813119

Objeto:

Regular la emisión de informe favorable a los Reglamentos de Uso de las Marcas de Garantía y la aprobación de los pliegos de condiciones de etiquetado facultativo de huevos, y carne de aves de corral, en la Comunidad Autónoma de Castilla y León.

¿Quién lo puede solicitar?

Agentes económicos u organizaciones con entidad jurídica.

¿Qué requisitos debo cumplir?

Como norma general los agentes económicos deben tener la sede social en la Comunidad autónoma de Castilla y León.

¿Qué documentos necesito?

PARA LA EMISIÓN DE INFORME FAVORABLE AL REGLAMENTO DE USO DE MARCAS DE GARANTÍA:

  • Estatutos, Reglamento interno u otra documentación legalmente válida de la entidad que promueve la inscripción de la marca de garantía, registrados en la oficina de depósito que corresponda que deben garantizar que cumplen el punto 2 del artículo 68 de la ley 17 de 2001.
  • Informe justificativo del Reglamento de Uso: Informe razonado y aclaratorio de las aseveraciones incluidas en el Reglamento de Uso, suscrito por la entidad que lo elabore, la cual se responsabilizará de la ejecución y contenido del mismo.
  • Reglamento de Uso, que deberá estar firmado en todas sus hojas y anexos, por el máximo representante de la entidad. Anexos al Reglamento de Uso en el caso de que existan, y que se haga referencia a ellos dentro del articulado del mismo.
  • Relación de operadores que pertenecen a la promotora y documento de compromiso de cumplimiento de Reglamento de Uso por parte de éstos.
  • Certificado acreditativo de la aprobación del Reglamento de Uso por el Órgano de decisión de la entidad solicitante.

PARA LA APROBACIÓN DE PLIEGOS DE ETIQUETADO FACULTATIVO:

  • Pliego de etiquetado facultativo
  • Relación de operadores asociado al pliego de etiquetado.
  • Estatutos de la Organización solicitante.
  • Nº de expediente de inscripción en el Registro de Marcas de la OEPM u OAMI de la Marca propiedad del solicitante. En caso de que la Marca no sea de su propiedad, cualquier otro documento que permita garantizar la posibilidad de uso legítimo de la misma.

¿Qué plazo tengo para solicitarlo?

Abierto y permanente

Plazo de resolución:

3 meses.

Notificaciones:

  • Notificación electrónica por comparecencia, mediante aviso a través del correo electrónico que conste en la solicitud. Dicho aviso no tendrá los efectos de una notificación hasta que el interesado acceda al contenido de la misma en el sistema de notificaciones NOTI
  • En el Boletín Oficial de Castilla y León.

Recursos:

  • Alzada.

Descarga del documento tipo PDF. Abre una nueva ventana Información general sobre recursos administrativos (760 kbytes)

Efecto del silencio administrativo:

Estimatorio

Legislación aplicable:

GENERAL:

  • Ley 8/2005, de 10 de junio, de la Viña y del Vino de Castilla y León.
  • Ley 1/2014, de 19 de marzo, Agraria de Castilla y León
  • ORDEN AYG/1061/2011, 30 de junio, por la que se regula la autorización de Organismos de Control de Productos Agroalimentarios y su inscripción en el Registro, para poder actuar en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Castilla y León.

EN RELACIÓN CON LAS MARCAS DE GARANTÍA:

  • Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas. («B.O.E.» núm. 294, de 8 de diciembre de 2001) y modificaciones posteriores
  • Real Decreto 687/2002 por el que se aprueba el Reglamento para la ejecución de la Ley 17/2001 y modificaciones posteriores.
  • Directiva (UE) 2015/2436 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de diciembre de 2015, relativa a la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros en materia de marcas.
  • Reglamento (UE) 2017/1001 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 14 de junio de 2017, sobre la marca de la Unión Europea.
  • Reglamento de Ejecución (UE) 2018/626 de la Comisión, de 5 de marzo de 2018, por el que se establecen normas de desarrollo de determinadas disposiciones del Reglamento (UE) 2017/1001 del Parlamento Europeo y del Consejo sobre la marca de la Unión Europea, y se deroga el Reglamento de Ejecución (UE) 2017/1431.

EN RELACIÓN CON LOS PLIEGOS DE ETIQUETADO:

  • REAL DECRETO 226/2008, de 15 de febrero, por el que se regulan las condiciones de aplicación de la normativa comunitaria de comercialización de huevos.
  • REGLAMENTO (CE) Nº 543/2008 de la Comisión, de 16 de junio de 2008, por el que se establecen normas de desarrollo del Reglamento (CE) Nº 1234/2007 del Consejo, en lo que atañe a la comercialización de aves de corral.

Organismo:

Consejería / Centro Directivo:

Órgano gestor:

Subdirección de Calidad y Promoción Alimentaria

Órgano que resuelve:

Director General del Instituto Tecnológico Agrario de Castilla y León

Información adicional:

  • Anualmente comunicar el Volumen de producto comercializado al amparo de los pliegos de etiquetado facultativos.

Protección de los datos de carácter personal:

Descarga del documento tipo PDF Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal. Abre una nueva ventana Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal (23 kbytes)

Pasos para la tramitación electrónica (en línea):

  1. Disponer de certificado electrónico y comprobar requisitos técnicos.
  2. Acceder a la tramitación, pudiendo en su caso hacer uso de tres posibles medios distintos:
    1. A través de una Aplicación: Autenticarse (certificado electrónico,  DNIe, Cl@veFirma, cuenta Educa, etc.),  seleccionar trámite, cumplimentar campos requeridos y seguir las indicaciones que se muestren en pantalla.
    2. Mediante un Formulario Online PDF ( Instrucciones para realizar tramitaciones electrónicas ) abriendo el PDF directamente con Adobe Acrobat Reader o guardándolo, cumplimentar campos requeridos y enviar a través de la Aplicación de Administración Electrónica
    3. Mediante Formulario Web: Cumplimentar campos requeridos de cada apartado, pulsar “Revisar” y realizar las correcciones oportunas, en su caso, y tras ello pulsar sobre la opción de tramitación electrónica (“Presentar/Enviar/Guardar”).
  3. Comprobar la solicitud, anexar documentación, firmar y registrar electrónicamente toda la documentación.
  4. Descargar justificante de presentación.

 

Tramitación electrónica

Descargar formularios y anexos