Códigos identificadores del procedimiento:
- IAPA: 1793
- SIA: 1278395
- BDNS (Identificador): 569350
Fecha de publicación:
14 de junio de 2021
Objeto:
Fomentar la ampliación a tiempo completo de la jornada de los contratos indefinidos ordinarios a tiempo parcial formalizados con mujeres.
¿Qué plazo tengo para solicitarlo?
■ Si la ampliación de jornada se ha iniciado entre el 1 de octubre de 2020 y el 14 de junio de 2021, ambos inclusive: DESDE EL 15 DE JUNIO AL 17 DE AGOSTO DE 2021.
■ Si la ampliación de jornada se inicia a partir del 15 de junio de 2021: DOS MESES desde la fecha de inicio de la ampliación, con el límite del 15 DE OCTUBRE DE 2021.
Finalizado el plazo de presentación de solicitud de inicio
Lugar y Forma de presentación:
Electrónico:
¿Quién lo puede solicitar?
Trabajadores por cuenta propia (autónomos personas físicas), personas jurídicas, y entidades sin personalidad jurídica.
¿Qué requisitos debo cumplir?
- Las empresas, entidades o trabajadores por cuenta propia solicitantes deberán tener menos de 100 trabajadores de alta en la fecha de inicio de la contratación por la que se solicita la subvención.
- Asimismo, el índice de temporalidad de las empresas, entidades o trabajadores por cuenta propia solicitantes ha de ser inferior al 20% en la fecha de inicio de la contratación por la que se solicita la subvención.
- El cumplimiento del índice de temporalidad no se exigirá a las empresas, entidades o trabajadores por cuenta propia (autónomos personas físicas), cuya plantilla sea inferior a 10 trabajadores en la fecha en que se inicia la contratación, transformación contractual o ampliación de jornada por la que se solicita la subvención.
- Se deberán cumplir los siguientes requisitos para que las ampliaciones de jornada puedan ser subvencionables:
Requisitos «Programa IV» (104 kbytes)
¿Para qué es la ayuda?:
Serán subvencionables las ampliaciones de jornada que cumplan los requisitos y cuya fecha de inicio haya tenido lugar entre los días 1 de octubre de 2020 y 30 de septiembre de 2021, ambos inclusive. Las ampliaciones de jornada deberán formalizarse con mujeres que en la fecha de inicio de las contrataciones cuya jornada se amplía se hallasen desempleadas e inscritas como tales en el Servicio Público de Empleo.
Cuantía:
La cuantía de la subvención por la formalización de cada ampliación de jornada subvencionable será de 2.000 €, que se verá incrementada en 1.500 € si la ampliación de jornada se formaliza con una mujer menor de 35 años de edad.
¿Qué documentos necesito?
Solicitud en modelo normalizado, acompañada de la siguiente documentación que se digitalizará y aportará como archivos anexos:
Documentación a presentar «Programa IV» (162 kbytes)
Organismo:
Consejería / Centro Directivo:
Órgano gestor:
Servicio Promoción de Empleo e Inserción Laboral
Órgano que resuelve:
Gerencias Provinciales ECYL
Plazo de resolución:
El plazo de resolución y notificación será de 6 MESES desde la fecha en que la solicitud hubiera tenido entrada en el registro electrónico de la Administración u Organismo competente para su tramitación, transcurrido el cual sin que se haya dictado y notificado resolución, se entenderá DESESTIMADA.
Notificaciones:
- Notificación Electrónica: para darse de alta y/o recibir notificaciones hay que entrar en el buzón electrónico del ciudadano, que se encuentra dentro de la
Ventanilla del Ciudadano.
Recursos:
- Contencioso-administrativo
- Reposición
Información general sobre recursos administrativos (760 kbytes)
Información adicional:
Justificación
- La justificación se llevará a cabo en el momento de presentar la solicitud de subvención.
Compatibilidad
- Las subvenciones reguladas en esta orden serán incompatibles con cualesquiera otras concedidas para la misma finalidad por cualquier Administración Pública, o por otros entes públicos o privados, nacionales o internacionales.
Resolución. Beneficiarios:
BENEFICIARIOS DE SUBVENCIONES CONCEDIDAS AL AMPARO DE LA RESOLUCIÓN DE 10 DE JUNIO DE 2021, DEL SERVICIO PÚBLICO DE EMPLEO DE CASTILLA Y LEÓN, POR LA QUE SE CONVOCAN SUBVENCIONES, COFINANCIADAS POR EL FONDO SOCIAL EUROPEO, DIRIGIDAS AL FOMENTO DEL EMPLEO ESTABLE POR CUENTA AJENA, PARA EL AÑO 2021.
Beneficiarios (Publicado 01-03-2022) (762 kbytes)
Protección de los datos de carácter personal:
Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal (55 kbytes)