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Certificación acreditativa de consumidor reconocido como experto para el uso de artificios pirotécnicos en manifestaciones festivas

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Códigos identificadores del procedimiento:

  • IAPA: 2744
  • SIA: 2099458

Objeto:

Obtención de las certificaciones autonómicas que acrediten la formación recibida por quienes hayan realizado el curso de consumidores reconocidos como expertos para el empleo de material pirotécnico en manifestaciones festivas religiosas, culturales y tradicionales.

¿Quién lo puede solicitar?

Las entidades externas de formación

¿Qué requisitos debo cumplir?

  • Para obtener tanto la acreditación de consumidores reconocidos como expertos como de responsable de grupo de consumidores reconocidos como expertos, será necesario realizar un curso de formación teórico-práctico con una duración mínima de cinco horas y superar una evaluación, a la que podrán presentarse quienes hayan asistido al menos al 85% del tiempo lectivo previsto para el correspondiente curso.
  • La impartición de la formación se realizará de manera presencial, a través de las entidades externas de formación.
  • La edad mínima para recibir la formación de consumidor reconocido como experto vendrá condicionada por la categoría del artículo pirotécnico. Para poder recibir la citada formación, los menores de edad deberán estar autorizados de forma expresa y por escrito por sus padres o tutores legales.

¿Qué documentos necesito?

Solicitud en modelo normalizado, acompañada de la siguiente documentación:

  • Copia del documento que acredite la representación, en su caso, salvo que ya hubiera sido aportado anteriormente.
  • Programa formativo impartido.
  • Identificación del formador/formadores (nombre y apellidos y DNI/NIE).
  • Relación de alumnos que han superado la evaluación del curso de formación (nombre y apellidos, DNI/NIE, domicilio y fecha de nacimiento).

¿Qué plazo tengo para solicitarlo?

La entidad externa de formación deberá presentar la solicitud de certificación de la formación recibida por los interesados, en el plazo máximo de 15 DÍAS desde la superación de la evaluación.

Plazo de resolución:

3 meses.

Notificaciones:

  • Por Correo Postal,  en el domicilio del interesado o en el lugar que haya indicado a efectos de notificaciones, si es persona física.
  • Notificación Electrónica por comparecencia, mediante aviso a través del correo electrónico que conste en la solicitud. Dichos aviso no tendrá los efectos de una notificación hasta que el interesado acceda al contenido de las actuaciones administrativas.

Recursos:

  • Alzada.

Descarga del documento tipo PDF. Abre una nueva ventana Información general sobre recursos administrativos (760 kbytes)

Efecto del silencio administrativo:

Estimatorio

Legislación aplicable:

  • Real Decreto 989/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de artículos pirotécnicos y de cartuchería.
  • Decreto 17/2019, de 23 de mayo, por el que se reconocen las manifestaciones festivas de carácter religioso, cultural o tradicional con uso de artificios pirotécnicos y se regula la formación de los consumidores reconocidos como expertos en la Comunidad de Castilla y León.

Organismo:

Consejería / Centro Directivo:

Órgano gestor:

Servicio de Seguridad y Espectáculos Públicos

Órgano que resuelve:

Directora de la Agencia de Protección Civil y Emergencias

Información adicional:

El centro directivo competente expedirá una certificación individualizada acreditativa de la formación recibida que será notificada a los interesados, en la que constará la manifestación festiva a la que se refiere, el programa formativo, el número de horas de formación impartidas y la superación de la evaluación correspondiente. La certificación mantendrá su vigencia en tanto las condiciones del festejo se conserven o las características esenciales de los artificios de pirotecnia se mantengan.

Protección de los datos de carácter personal:

Descarga del documento tipo PDF Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal. Abre una nueva ventana Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal (45 kbytes)

Pasos para la tramitación electrónica (en línea):

  1. Disponer de certificado electrónico y comprobar requisitos técnicos.
  2. Acceder a la tramitación, pudiendo en su caso hacer uso de tres posibles medios distintos:
    1. A través de una Aplicación: Autenticarse (certificado electrónico,  DNIe, Cl@veFirma, cuenta Educa, etc.),  seleccionar trámite, cumplimentar campos requeridos y seguir las indicaciones que se muestren en pantalla.
    2. Mediante un Formulario Online PDF ( Instrucciones para realizar tramitaciones electrónicas ) abriendo el PDF directamente con Adobe Acrobat Reader o guardándolo, cumplimentar campos requeridos y enviar a través de la Aplicación de Administración Electrónica
    3. Mediante Formulario Web: Cumplimentar campos requeridos de cada apartado, pulsar “Revisar” y realizar las correcciones oportunas, en su caso, y tras ello pulsar sobre la opción de tramitación electrónica (“Presentar/Enviar/Guardar”).
  3. Comprobar la solicitud, anexar documentación, firmar y registrar electrónicamente toda la documentación.
  4. Descargar justificante de presentación.

 

Tramitación electrónica