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Solicitud de cesión de derechos de pago básico (Solicitud Única 2024)

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Códigos identificadores del procedimiento:

  • IAPA: 1947
  • SIA: 1813617
  • BDNS (Identificador): 740595

Fecha de publicación:

31 de enero de 2024

Objeto:

Transferencias de cesiones de derechos de ayuda básica a la renta para la sostenibilidad que establece el Real Decreto 1045/2022, de 27 de diciembre, sobre derechos de ayuda básica a la renta para la sostenibilidad de la Política Agrícola Común. Una vez le han sido comunicados los derechos de ayuda básica a la renta para la sostenibilidad, podrán hacerse cesiones de éstos, que implicarán cambios en la titularidad.

¿Qué plazo tengo para solicitarlo?

El plazo para la presentación de la SOLICITUD ÚNICA será el comprendido entre el 1 de febrero y el 30 de abril de 2024, ambos inclusive, siendo el plazo de MODIFICACIONES hasta el 31 de mayo de 2024.

*No obstante, se admitirán solicitudes de ayuda hasta la fecha de finalización del plazo de modificación de la solicitud única, en cuyo caso y a excepción de los casos de fuerza mayor y circunstancias excepcionales, los importes se reducirán un 1 por ciento por cada día hábil en que se sobrepase el plazo de presentación de la solicitud única aludido en el párrafo anterior. Esta reducción también será aplicable respecto a la presentación de contratos o declaraciones y otros documentos o justificantes que sean elementos constitutivos de la subvencionabilidad de la ayuda de que se trate, según lo previsto en la normativa comunitaria.
En el caso de solicitudes presentadas en el Registro de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, a los efectos del cómputo de plazos, la recepción en un día inhábil, se entenderá efectuada el primer día hábil siguiente.

Lugar y Forma de presentación:

Electrónico (preferente):

Presencial:

¿Quién lo puede solicitar?

Productores con explotaciones agrarias ubicadas en Castilla y León a los que se les hayan asignado de forma definitiva sus derechos.

¿Qué requisitos debo cumplir?

  • Los derechos de ayuda básica a la renta solo podrán ser cedidos dentro de la misma región de ayuda básica donde hayan sido asignados, bien en venta, arrendamiento o mediante cualquier otra forma admitida en derecho. Tanto la venta como el arrendamiento de los derechos de ayuda podrán ser realizados con o sin tierras. Las finalizaciones de arrendamientos de tierras con venta o donación de los derechos de ayuda básica a la renta al arrendador serán consideradas como ventas de derechos con tierras.
  • Excepto en el caso de cesión por sucesión inter vivos o mortis causa,  los derechos de ayuda sólo podrán cederse a un agricultor considerado activo según lo establecido el capítulo I del título II del Real Decreto 1048/2022, de 27 de diciembre.
  • Las cesiones de derechos de ayuda básica a la renta se efectuarán de acuerdo con lo estipulado en el artículo 31 del Real Decreto 1045/2022, de 27 de diciembre, sobre derechos de ayuda básica a la renta de sostenibilidad de la Política Agraria Común. Las retenciones aplicables a dichas cesiones se aplicarán según el artículo 32 de dicho real decreto.

¿Qué documentos necesito?

Las comunicaciones de cesiones de derechos de ayuda básica a la renta deberán presentarse junto a la solicitud única del año 2024 mediante la presentación del modelo AB-3 “solicitud de cesiones de derechos de ayuda básica a la renta. La comunicación será presentada por el cesionario, salvo que éste presente la solicitud única en otra comunidad autónoma. En este caso, la comunicación será presentada por el cedente si presentó la solicitud única en Castilla y León el año anterior.

En la comunicación deberá incluirse el consentimiento expreso y no constar la oposición expresa, para que la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural recabe, respectivamente, de la Agencia Tributaria y de la Administración de la Seguridad Social la información para poder determinar el cumplimiento de los criterios de agricultor activo del solicitante (cesionario) y/o si un cesionario es un agricultor que inicia la actividad agraria. En caso de no consentir o manifestar su oposición expresa, el cesionario deberá aportar la documentación respectiva que demuestre el cumplimiento de los criterios de agricultor activo.

Junto con el modelo AB-3 “solicitud de cesiones de derechos de ayuda básica a la renta” se presentará la comunicación de la cesión de los derechos de ayuda básica a la renta y la relación de los derechos objeto de la cesión, conforme al anexo 24 y, además, se debe aportar la documentación que se indica en el siguiente cuadro para cada tipo de cesión. Asimismo, en dicho cuadro se indica el porcentaje de retención (peaje) que lleva asociado cada tipo de cesión.

Descarga del documento tipo PDF DOCUMENTACIÓN a presentar. Abre una nueva ventana DOCUMENTACIÓN a presentar (87 kbytes)

Organismo:

Consejería / Centro Directivo:

Órgano gestor:

Servicio de Gestión de Derechos y Asesoramiento a Explotaciones

Órgano que resuelve:

Director General de Política Agraria Comunitaria

Notificaciones:

  • Por Correo Postal en el domicilio del interesado o en el lugar que haya indicado a efectos de notificaciones.
  • Notificación electrónica por comparecencia, mediante aviso a través del correo electrónico que conste en la solicitud. Dicho aviso no tendrá los efectos de una notificación hasta que el interesado acceda al contenido de la misma en el sistema de notificaciones NOTI

Recursos:

  • Contencioso-administrativo
  • Reposición

Descarga del documento tipo PDF. Abre una nueva ventana Información general sobre recursos administrativos (760 kbytes)

Protección de los datos de carácter personal:

Descarga del documento tipo PDF Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal. Abre una nueva ventana Ficha informativa sobre el tratamiento de datos de carácter personal (27 kbytes)