Saltar al contenido principal.

Escudo de la Junta de Castilla y León; Página de inicio

  • Suscripción
  • Contacto

Sede Electrónica de Castilla y León

Redes Sociales

Contenido principal. Saltar al inicio.

Registro de Entidades Deportivas de Castilla y León

  • Acceder a los formularios
  • Compartir

Códigos identificadores del procedimiento:

  • IAPA: 47
  • SIA: 1252970

Objeto:

Inscribir aquellas entidades deportivas que tengan su domicilio social en el territorio autonómico. Son Entidades Deportivas: las federaciones deportivas de Castilla y León, los clubes deportivos, las secciones deportivas y las sociedades anónimas deportivas. La inscripción en el Registro es gratuita y requisito indispensable para poder optar a ayudas y subvenciones procedentes de entidades públicas y para la participación en competiciones deportivas oficiales. Asimismo se inscribirán las modificaciones estatutarias, los cambios de domicilio, la composición de la Junta Directiva u órgano equivalente, y actos de disolución de las entidades deportivas.

¿Quién lo puede solicitar?

  • RATIFICACIÓN DE DENOMINACIÓN: Cualquier persona física o jurídica que tenga intención de constituir una entidad deportiva.
  • PRIMERA INSCRIPCIÓN DE ENTIDADES DEPORTIVAS: Clubes Deportivos y Secciones Deportivas.
  • (Nota: no procederá la inscripción de secciones deportivas en tanto la Ley 3/20129 de 25 de febrero, de la Actividad Físico-Deportiva de Castilla y León no sea objeto de desarrollo reglamentario).
  • ACTOS POSTERIORES A LA PRIMERA INSCRIPCIÓN: Clubes Deportivos, Secciones deportivas, Entidades de Promoción y Recreación Deportiva (EP y RD) y Federaciones Deportivas de Castilla y León.
  • (Nota: Las EPYRD podrán solicitar inscripciones en tanto no procedan a adaptar sus estatutos a la Ley 3/2019).
  • SOLICITUD DE INFORMACIÓN/DOCUMENTACIÓN SOBRE DATOS REGISTRALES DE ENTIDADES DEPORTIVAS DE CASTILLA Y LEÓN: cualquier interesado en acceder a la información pública del Registro de Entidades Deportivas de Castilla y León.

¿Qué requisitos debo cumplir?

  • Los establecidos en los artículos 38, 39, 40 y 41 de la Ley 3/2019, de 25 de febrero de la Actividad Físico Deportiva de Castilla y León 5, 10 y 46  del Decreto 39/2005, de Entidades Deportivas de Castilla y León.

¿Qué documentos necesito?

El formulario de solicitud normalizado que corresponda según el caso, acompañado de la documentación requerida:

  • Primera inscripción
    • Solicitud de ratificación de denominación de entidad deportiva
    • Solicitud de inscripción en el Registro
  • Actos posteriores a la primera  inscripción
    • Solicitud de inscripción de titulares de la Junta Directiva u órgano equivalente de entidades deportivas
    • Solicitud de inscripción de cambio de domicilio de entidades deportivas 
    • Solicitud de inscripción de modificación estatutaria de entidades deportivas 
    • Solicitud de inscripción de modalidades deportivas de clubes deportivos 
    • Solicitud de cancelación de inscripción registral de entidades deportivas
    •  Solicitud de subsanación de inscripción/cancelación en el Registro de Entidades Deportivas de Castilla y León
    • Comunicación de variación de datos de entidades deportivas
    • Solicitud de información/documentación de entidad deportiva

Descarga del documento tipo PDF DOCUMENTACION a presentar (aportar la que corresponda según el caso). Abre una nueva ventana DOCUMENTACION a presentar (aportar la que corresponda según el caso) (96 kbytes)

¿Qué plazo tengo para solicitarlo?

Abierto de forma permanente.

Plazo de resolución:

  • 3 meses desde la recepción de la solicitud.

Notificaciones:

  • Por Correo Postal en el domicilio del interesado o en el lugar que haya indicado a efecto de notificaciones.
  • Notificación Electrónica: para darse de alta y/o recibir notificaciones hay que entrar en el buzón electrónico del ciudadano, que se encuentra dentro de la  Ventanilla del Ciudadano.

Efecto del silencio administrativo:

Estimatorio

Legislación aplicable:

  • Ley 3/2019, de 25 de febrero, de la Actividad Físico-Deportiva de Castilla y León. (BOCyL 05-03-2019)
  • Decreto 39/2005, de 12 de mayo de Entidades Deportivas de Castilla y León (BOCyL 19-05-2005, Modificado por Decreto 26/2017, de 14 de septiembre - BOCyL 15-09-2017)
  • Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación (BOE 26-03-2002)

Organismo:

Consejería / Centro Directivo:

Órgano gestor:

Dirección General de Deportes

Órgano que resuelve:

Dirección General de Deportes

Información adicional:

NORMAS SOBRE DENOMINACIONES:
Las entidades deportivas sólo podrán tener una denominación. Las denominaciones se ajustarán a las siguientes reglas:

  1. Expresarán en su denominación el tipo de entidad de que se trate: club deportivo federado, club deportivo popular o sección deportiva.
  2. Será congruente con sus fines estatutarios.
  3. No podrá incluir término o expresión que induzca a error o confusión sobre su propia identidad o sobre la clase o naturaleza de las mismas, en especial, mediante la adopción de palabras, conceptos o símbolos, acrónimos y similares propios de personas jurídicas diferentes, sean o no de naturaleza asociativa.
  4. No podrá coincidir o asemejarse de manera que pueda crear confusión, con ninguna otra previamente inscrita, ni con cualquier otra persona jurídica pública o privada, ni con entidades preexistentes, ni con personas físicas salvo con el consentimiento expreso del interesado o sus sucesores, ni con una marca registrada notoria salvo que se solicite por el titular de la misma o con su consentimiento.
  5. La denominación de club deportivo, sociedad anónima deportiva, sección deportiva o federación deportiva de Castilla y León se reserva exclusivamente a éstos. Las federaciones deportivas serán las únicas entidades deportivas de Castilla y León que puedan hacer uso en su denominación o emblema que las represente de distintivos oficiales de la Comunidad Autónoma, tales como la bandera, el escudo o el nombre de la Comunidad Autónoma.
  6. En el caso de incluir términos que no resulten claros de forma evidente (acrónimos, neologismos, siglas etc.) deberá aclararse expresamente su significado mediante declaración firmada por el Presidente de la Entidad.
  7. En el caso de incluir o hacer referencia a una Entidad preexistente, la citada Entidad a través de la persona, en cada caso facultada para ello, deberá autorizar por escrito a la Entidad Deportiva para la utilización del nombre.

Pasos para la tramitación electrónica (en línea):

  1. Disponer de certificado electrónico y comprobar requisitos técnicos.
  2. Acceder a la tramitación, pudiendo en su caso hacer uso de tres posibles medios distintos:
    1. A través de una Aplicación: Autenticarse (certificado electrónico,  DNIe, Cl@veFirma, cuenta Educa, etc.),  seleccionar trámite, cumplimentar campos requeridos y seguir las indicaciones que se muestren en pantalla.
    2. Mediante un Formulario Online PDF ( Instrucciones para realizar tramitaciones electrónicas ) abriendo el PDF directamente con Adobe Acrobat Reader o guardándolo, cumplimentar campos requeridos y enviar a través de la Aplicación de Administración Electrónica
    3. Mediante Formulario Web: Cumplimentar campos requeridos de cada apartado, pulsar “Revisar” y realizar las correcciones oportunas, en su caso, y tras ello pulsar sobre la opción de tramitación electrónica (“Presentar/Enviar/Guardar”).
  3. Comprobar la solicitud, anexar documentación, firmar y registrar electrónicamente toda la documentación.
  4. Descargar justificante de presentación.

 

Tramitación electrónica

Descargas