Tabla de Ingresos corregidos ejecicio fiscal 2010 (37 kbytes)
RD 2066/2008 Plan Estatal de la Vivienda 2009-2012 (208 kbytes)
Decreto 52/2002 Plan Director CyL (126 kbytes)
Orden FOM/867/2010, de 1 de junio (BOCyL 24-06-2010) (22.482 kbytes)
Límite de gasto para el año 2011 (BOCyL 10-11-2011) (489 kbytes)Ayudas económicas destinadas a financiar parcialmente la rehabilitación de edificios a los titulares de las viviendas, en la parte proporcional que les corresponde dentro de la actuación de rehabilitación de edificio.
1.- Actuaciones de mejora de la EFICIENCIA ENERGÉTICA, HIGIENE, SALUD Y PROTECCIÓN DEL MEDIO AMBIENTE y UTILIZACIÓN DE ENERGÍAS RENOVABLES
2.- Actuaciones para garantizar la SEGURIDAD ESTRUCTURAL Y ESTANQUEIDAD:
3.- Actuaciones de mejora de la ACCESIBILIDAD:
PROPIETARIOS y ARRENDATARIOS con ingresos no superiores a 6,5 veces el IPREM.
• Para acceder a la financiación al menos el 25 % del presupuesto de las actuaciones protegidas tiene que estar dedicado a la utilización de energías renovables, la mejora de la eficiencia energética, la salud, la higiene y protección del medio ambiente y la accesibilidad del edificio.
• No podrán obtener la financiación aquellas actuaciones de rehabilitación que tengan por objeto edificios de viviendas ubicadas en ARIS o ARUS.
Modelo de Solicitud en los Servicios Territoriales de la Consejería de Fomento de cada provincia, acompañando la siguiente DOCUMENTACIÓN:
• Copia del último recibo del Impuesto de Bienes Inmuebles (I.B.I.) de la vivienda que es propietario.
• En su caso, contrato de arrendamiento en vigor y volante de empadronamiento del inquilino.
• Declaración responsable de las circunstancias personales según el modelo que se adjunta a la solicitud.
• En el caso de víctimas de violencia de género o terrorismo deberá aportarse acreditación documental.
• Si el solicitante tuviera descendientes deberá aportar libro de familia o documento oficial que lo acredite.
• En caso de separación o divorcio deberá aportarse sentencia de separación o divorcio, junto con el convenio regulador.
Abierto de manera permanente, debiendo presentar la solicitud antes de iniciar las obras.
Dirección General de Vivienda y Arquitectura
Dirección General de Vivienda y Arquitectura
El abono de subvenciones de rehabilitación de viviendas y de edificios de viviendas existentes queda condicionado a la obtención de la calificación definitiva correspondiente.
REAL DECRETO 2066/2008, de 12 de diciembre, por el que se regula el Plan Estatal de Vivienda y rehabilitación 2009-2012 (BOE 24-12-2008)
DECRETO 52/2002, de 27 de marzo, de desarrollo y aplicación del plan Director de Vivienda y Suelo de Castilla y León (BOCyL 01-04-2002)
ORDEN FOM/867/2010, de 1 de junio, por la que se establece la tramitación de las solicitudes correspondientes a actuaciones protegidas en materia de vivienda (BOCyL 24-06-2010)
Los archivos adjuntos se corresponden con la publicación, en cumplimiento del precepto contenido en la normativa básica estatal de aplicación, (el artículo 18 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, así como el artículo 30 del R.D. 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba su reglamento),de las relaciones de beneficiarios de las subvenciones concedidas individualmente consideradas, cuyo importe supera los 3.000 €.
Así mismo, las subvenciones individuales que no alcanzan la cuantía citada de 3.000 €, comprendidas en las resoluciones cuyas referencias se incluyen en el Anexo, figurarán expuestas en espacio habilitado al efecto en el Servicio Territorial de Fomento de la provincia correspondiente.