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Junta de Castilla y León

Ayudas económicas destinadas a la ADQUISICIÓN de Vivienda

Objeto:

Ayudas a la adquisición de viviendas calificadas de protección pública, viviendas declaradas como actuación protegible de vivienda usada, o adquisición en régimen de derecho de superficie.

¿Quién lo puede solicitar?:

Adquirentes de viviendas de protección pública de nueva construcción, actuaciones protegibles de compra de vivienda usada, o adquisición en régimen de derecho de superficie.

¿Qué requisitos debo cumplir?:

Inscripción previa en el Registro de viviendas protegidas de Castilla y León.

Limitación de ingresos y precios máximos de la vivienda según ámbitos municipales y número de miembros de la unidad familiar, acorde con las características o tipología de la vivienda de que se trate:

Viviendas destinadas a la VENTA:

* Régimen especial: Viviendas destinadas a adquirentes con ingresos familiares que no excedan de 2,5 veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM), y cuyo precio máximo de venta por metro cuadrado de superficie útil computable a efectos de financiación no exceda de 1,50 veces el Módulo Básico Estatal.

* Régimen general: Viviendas destinadas a adquirentes con ingresos familiares que no excedan de 4,5 veces el IPREM y cuyo precio máximo de venta por metro cuadrado de superficie útil computable a efectos de financiación no exceda de 1,60 veces el Módulo Básico Estatal.

* Régimen concertado: Viviendas destinadas a adquirentes con ingresos familiares que no excedan de 6,5 veces el IPREM y cuyo precio máximo de venta por metro cuadrado de superficie útil computable a efectos de financiación no exceda de 1,80 veces el Módulo Básico Estatal.

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Cuantia:

PRÉSTAMO: Préstamo convenido de hasta el 80% del precio de compra, en el ámbito de los convenios firmados por el Estado y las entidades financieras.

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¿Qué documentos necesito?:

Descarga del documento tipo PDF DOCUMENTACIÓN. Abre una nueva ventana  DOCUMENTACIÓN (72 kbytes)

¿Qué plazo tengo para solicitarlo?:

Los plazos se cuentan desde la firma del contrato privado de compraventa.

Adquisición de vivienda de NUEVA CONSTRUCCION: un mes.

Adquisición de vivienda USADA: cuatro meses.

Lugar y Forma de presentación:

Presencial:

Electrónico:

Organismo:

Responsable:

Gestor:

Dirección General de Vivienda y Arquitectura

Que resuelve:

Dirección General de Vivienda y Arquitectura

Notificaciones:

  • Por Correo Postal en el domicilio del interesado o en el lugar que haya indicado a efecto de notificaciones.

Recursos:

Alzada

Información adicional:

DECRETO 52/2002, de 27 de marzo, de desarrollo y aplicación del Plan Director de Vivienda y Suelo de Castilla y León, 2002-2009 (BOCyL 1-04-2002 y Corrección de errores BOCyL 10-04-2002) MODIFICADO por Decreto 64/2006 BOCyL 15-09-2006 y Decreto 64/2009 BOCyL 28-09-2009)

REAL DECRETO 2066/2008, de 12 de diciembre, por el que se regula el Plan Estatal de Vivienda y Rehabilitación 2009-2012 (BOE 24-12-2008. MODIFICADO por Real Decreto 1713/2010 BOE 18-12-2010)

ORDEN FOM/867/2010, de 1 de junio, por la que se establece la tramitación de las solicitudes correspondientes a actuaciones protegidas en materia de vivienda (BOCyL 24-06-2010)